lunes, 6 de junio de 2011

Patrimonio

Patrimonio


Se considera patrimonio el conjunto de los bienes y derechos pertenecientes a una persona, física o jurídica. Históricamente la idea de patrimonio estaba ligada a la de Herencia. Así, por ejemplo, la RAE da como primera acepción del termino «Hacienda que alguien ha heredado de sus ascendientes».

La palabra es también utilizada para referirse a la propiedad de un individuo, independientemente como sea que la haya adquirido.[1] Desde este punto de vista, el individuo puede ser ya sea una persona natural o jurídica. Así se habla de Patrimonio empresarial: El conjunto de bienes, derechos y obligaciones, pertenecientes a una empresa -como persona jurídica- y que constituyen los medios económicos y financieros a través de los cuales ésta puede cumplir sus objetivos.[2] (ver "Patrimonio neto contable" y "Masas patrimoniales" en contabilidad).

En referencia a personas reales -y desde un punto de vista de uso amplio, menos preciso del termino- “lo heredado” generalmente se refiere a los bienes y derechos a los que los individuos acceden como miembros de alguna comunidad. Así por ejemplo, se suele hablar del patrimonio como la herencia debido a la pertenencia a una familia. Pero también hay “patrimonios” a los cuales los individuos tienen acceso como miembros de comunidades más amplias, tales como los patrimonios regionales y/o nacionales (por ejemplo: Patrimonio industrial; Patrimonio Nacional de España ; Patrimonio histórico (España))- pero además hay los denominados patrimonios culturales (ver también Patrimonio Cultural Inmaterial, Patrimonio arquitectónico, etc.); e incluso Patrimonio de la humanidad.

En el ámbito legal el concepto significa algo así como “el conjunto de relaciones jurídicas pertenecientes a una persona, que tienen una utilidad económica y por ello son susceptibles de estimación pecuniaria, y cuya relaciones jurídicas están constituidas por deberes y derechos (activos y pasivos).[3] Desde este punto de vista la consideración del valor de un bien patrimonial se descontará del mismo el valor de las cargas que se hallen gravando los bienes patrimoniales.

Es a partir de esta concepción que en algunos países se aplica el llamado impuesto sobre el Patrimonio. Desde este punto de vista el patrimonio se compone de un activo y un pasivo:


Activo

El activo comprende todos los bienes y derechos de un mismo propietario. Es la pertenencia al mismo sujeto de una serie de derechos. Bajo esta denominación se engloban los bienes y los derechos (tanto reales como de crédito).


Pasivo

Sobre el pasivo patrimonial recaen las obligaciones, deudas y cargas en general. Este pasivo es respaldado por los activos que forman parte del patrimonio. Así, por ejemplo, en una sucesión mortis causa, los herederos reciben un patrimonio, que si incluye deudas no satisfechas y exigibles, deben satisfacerlas con el activo de la sucesión.


4 comentarios:

  1. Hola Lidia, soy Natalia Jensen de Corrientes, estoy realizando el curso de EDUC.AR. Vi que publicaste tu blog, me resulta interesante ya que algo así es lo que estoy buscando implementar en mi trabajo.Muy bueno realmente y seguramente te resulta de gran ayuda en tus clases.

    saludos y exitos.

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  2. Muy buen blog.¡Felicitaciones!
    (Nuevas tendencias de aprendizaje en la red Web 2.0)

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  3. Excelente Colega! mis felicitaciones!

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  4. Felicitaciones!!!!
    Muy interesante y útil el flog

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